¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

Precios Justos: se extiende la vigenica del programa hasta el 31 de diciembre de 2023

El Ministerio de Economía publicó la nueva resolución y precisó los puntos importantes que las empresas productoras deberán tener en cuenta.
Lunes, 26 de diciembre de 2022 a las 20:02

El programa Precios Justos, que tiene como objetivo fijar precios de dos mil productos de productos de primera necesidad mediante acuerdos voluntarios entre el Gobierno y empresas productoras y comercializadoras, seguirá vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

El Boletín Oficial publicó este lunes la Resolución 1077/2022, donde se deja por escrito la nueva extensión del programa además de precisarse las normas a cumplir por parte de las empresas productoras de los insumos afectados.

“Establécese que el Programa “Precios Justos” creado por el artículo 1° de la Resolución N° 823 del 10 de noviembre de 2022 del MINISTERIO DE ECONOMÍA estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, los Convenios que se suscriban en el marco del Programa “Precios Justos” podrán establecer su propio plazo de vigencia, dentro del referido límite”, reza la resolución.

Por otro lado se especificó que las empresas productoras de insumos difundidos, consideradas como las "productoras de los productos estratégicos para la industria nacional que, resultado de un proceso industrial, forman parte de la cadena de producción de gran parte de los productos de consumo masivo, entre otros", "deberán vender, de forma constante e ininterrumpida, los productos que ellas comercialicen y que se detallarán al momento de la suscripción del referido convenio" entre diciembre de 2022 y febrero de 2023.

En caso de resultar imposible la provisión de algún producto por causas ajenas a las empresas, "deberán dar aviso fehaciente de ello a la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno" en un plazo de no más de 72 horas de tomado conocimiento de dicha imposibilidad.

En ese marco, se considerará que las empresas están en infracción cuando no respondan en tiempo y forma los requerimientos de información o se verifique el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de la resolución y de las cláusulas del convenio que suscriban.