El gobierno renovó para 2023 la vigencia de la norma que prohíbe la circulación de camiones en las rutas nacionales por los fines de semana largos, recambios turísticos o fechas destacadas de alta movilización automovilística.
El gobierno declaro esto a través de una disposición 991, la cual fue publicada hoy en el Boletín Oficial, y determina que los vehículos de categorías N2, N3, 03 y 04 “no podrán circular por las rutas nacionales en las fechas, horarios”.
Son exceptuados de la norma los camiones que transporten leche cruda, derivados y envases asociados; animales vivos, productos frutihortícolas en tránsito, prensa y unidades móviles de medios de comunicación audiovisual, atención de emergencias y asistencia de vehículos accidentados o dañados.
También son excluidos los que trasladan combustible, Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo; gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliarias (en ambos casos); medicinas, residuos sólidos urbanos, los que circulen en cumplimiento director e inmediato de una orden judicial y el transporte de sebo, huesos y cueros.
Según los considerandos, la ANSV tiene como objetivo “la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.
Además, resaltaron que cuentan como fines de semana largo aquellos que “cuentan con un día inmediato anterior y/o posterior inhábil”. Para finalizar, explicó que “el crecimiento del parque automotor incrementa de manera exponencial la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales, lo que amerita la adopción de medidas estratégicas y preventivas, tendientes a evitar tales consecuencias.