El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) lanzó el nuevo sistema de identificación a través de datos biométricos, que tiene como objetivo combatir el fraude e incrementar la seguridad de usuarios de telefonía celular. Las empresas prestadoras del servicio de comunicaciones móviles tendrán 60 días para equipar sus sistemas, plazo que comenzó con la publicación de la Resolución 263/2023, realizada la semana pasada. El nuevo sistema recibió el nombre de “Reglamento para la Nominatividad y Validación de Identidad de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Móviles”, que entrará en funcionamiento una vez que finalicen los 60 días de adecuación. La normativa suma nuevas condiciones para reforzar el mecanismo de nominación y validación de identidad existente para las altas de líneas nuevas y suma la obligación de “revalidar” la identidad de la y/o el usuario cuando realice ciertas operaciones sobre su línea para evitar el fraude de suscriptor.
Uno de los mecanismos es el de validación de los datos biométricos de las y los usuarios, que son "los datos personales relativos a las características únicas del ser humano, sean físicas, fisiológicas o asociadas al comportamiento, que faciliten y garanticen la identificación de un individuo mediante sistemas o procedimientos tecnológicos", se remarcó. El nuevo proceso será también para ciudadanas y ciudadanos extranjeros residentes en el país con DNI emitido por la República Argentina. Mientras que, para el resto de las y los ciudadanos extranjeros, las prestadoras deberán solicitar el pasaporte o el documento de viaje vigente. El nuevo reglamento establece la obligación de revalidar la identidad del usuario cuando la persona solicite alguna modificación en las condiciones comerciales o técnicas de su línea, como por ejemplo, el cambio de titularidad o tarjeta SIM. Las líneas sin usuario asociado o que no sean validados no podrán ser parte del tránsito, con excepción de la posibilidad de acceder a los centros de atención personalizada (CAT) y a los servicios de emergencia. El Enacom podrá solicitar a los prestadores informes periódicos de carácter reservado que contengan una detallada estadística en materia de incidencia y tipología de fraude.