Este sábado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), dispuso excluir a la importación un grupo de posiciones arancelarias del Mercosur del sector energético del pago de impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA).
Para ser precisos, a través de la Resolución General 5407/2023 publicada en el Boletín Oficial, se definió que, hasta el siguiente 31 de octubre, las importaciones definitivas pertenecientes a a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), la cual comunicará la Secretaría de Energía a la AFIP, agregado a la lista de contribuyentes; podrán pedir certificados de exclusión, de tal manera de quedar exentas del pago de IVA y Ganancias.
Vale mencionar que, el último marzo, la AFIP suspendió la posibilidad de que las empresas grandes importadores puedan acceder al régimen de percepción que deje solicitar el certificado de exclusión hasta el próximo 31 de diciembre, lo que se tradujo a un aumento de la recaudación tributaria del 20% en IVA y de 6% en Ganancias, en término aduaneros.
Así, dicha medida excluyó a las importaciones hechas por pequeñas y microempresas con certificado “MiPyME” vigente, así como las hechas para consumo eximidas de impuestos nacionales, las ejecutadas por cuenta y orden del Estado Nacional y, desde hoy, las importaciones informadas por la Secretaría de Energía.